La Corte Constitucional de Colombia emitió una decisión trascendental que refuerza la protección jurídica de los animales al declararlos seres sintientes con derechos especiales. La Sala Plena del tribunal eliminó del marco legal expresiones que reducían a los animales a meros instrumentos al servicio de los seres humanos.
La decisión se pronunció sobre la Ley 576 de 2000, que regula el Código de Ética para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria y zootecnia. La Corte determinó que el artículo 12 de esta normativa, que establecía que los animales «son medios que sirven al hombre», era incompatible con el reconocimiento constitucional de los animales como seres sintientes.
Con esta decisión, la Corte estableció que los animales no pueden ser considerados únicamente como instrumentos para cualquier finalidad humana. Aunque siguen siendo considerados «bienes» dentro del Código Civil para efectos de propiedad privada, la Corte aclaró que esta clasificación es una ficción jurídica y que los animales son titulares de un régimen amplio de protección y una prohibición constitucional de maltrato injustificado.
Esta interpretación representa un avance significativo en el reconocimiento de los derechos de los animales en Colombia, estableciendo un marco jurídico que los protege y reconoce su condición de seres sintientes.
