El exgobernador del Departamento de Nariño y actual precandidato presidencial, Camilo Romero, vuelve a ser noticia en el ámbito judicial de Colombia, después de conocerse que la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia ordenó la continuidad del juicio en su contra por presuntas irregularidades en la adjudicación de un contrato de licores, en su periodo en la Gobernación de Nariño.

No se negaron garantías

Según se pudo conocer, la Sala determinó que no se negaron las garantías a Camilo Romero al designársele un defensor suplente de oficio, en vista de que no había nombramiento y su defensor principal, Miguel Ángel del Río, por ausencia, no estuvo en algunas audiencias.

Por el contrario, se determinó que, mientras Romero no designe un abogado suplente, la defensora pública Ruth Pulido tendrá que representarlo en las audiencias en las que el abogado principal, del Río, no pueda estar presente. Para la Sala, al parecer la defensa del exgobernador de Nariño, Camilo Romero habría incurrido en maniobras dilatorias al no designar un abogado suplente.

Se apoyó al tribunal

Es de subrayar que, la decisión fue apelada por el abogado del Río, y Camilo Romero ejerció su defensa material contra la determinación. De igual forma, cabe acotar que, durante la audiencia de juicio, la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema apoyó la decisión del alto tribunal de mantener el proceso en contra de Romero.

Tras la audiencia contra Romero, de acuerdo a Blu Radio, su defensa emitió un comunicado en el que pidió respeto por su derecho a elegir libremente a su abogado de defensa. En el pronunciamiento, respaldado por Procuraduría y Defensoría, se cuestionó la decisión de la Corte Suprema de Justicia de continuar el juicio sin el defensor de confianza de Romero, del Río, quien no pudo asistir a múltiples sesiones argumentando incapacidad médica.

Conforme a la ley

Según la cadena radial, la decisión se tomó conforme a la ley al designar una defensora adscrita a la Defensoría del Pueblo identificada como Ruth Pulido, ante las reiteradas inasistencias de Miguel Ángel y la falta de un suplente de confianza.

Al respecto, la Defensoría del Pueblo aclaró que, aunque la medida era jurídicamente procedente, la figura del defensor público suplente no existe en el ordenamiento colombiano. Finalmente, el magistrado de la Corte, Ariel Torres mantuvo su decisión de seguir las audiencias. Romero pidió respeto a la elección de defensa.

Es de anotar que este caso se remonta a los años en los que Camilo Romero se desempeñaba como Gobernador de Nariño. Las irregularidades que ahora están siendo investigadas, se refieren a irregularidades en un contrato de venta de aguardiente por valor de 80 mil millones de pesos.

TITULO (RECUADRO)

Peligro de prescripción

La Sala de la Corte Suprema fue contundente al señalar que la defensa de Camilo Romero ha incurrido en «maniobras dilatorias» al no designar un abogado suplente que asuma la representación en caso de ausencia del titular. El abogado principal, Miguel del Río, se había excusado en algunas audiencias por temas médicos.

Ante el riesgo inminente de prescripción de uno de los delitos investigados, la Corte Suprema ordenó que, mientras Romero no designe voluntariamente un abogado suplente, la defensora pública Ruth Marina Pulido Barragán tendrá que representarlo en las audiencias de juzgamiento en las que Del Río no pueda estar presente.

El proceso se complicó aún más al evidenciarse que la propia abogada de oficio asignada, Ruth Marina Pulido Barragán, ha «obstaculizado el proceso» al negarse a asumir el caso, según constató el alto tribunal.

Medidas administrativas

La Corte Suprema resaltó esta situación y puso en conocimiento de la Defensoría del Pueblo la conducta de la abogada. Los magistrados oficiaron a esta entidad para que adopte las medidas administrativas necesarias contra la defensora pública, con el objetivo de garantizar la continuidad y el rigor en el juicio.

La determinación judicial llegó luego de que Camilo Romero decidiera negarse a asistir a las diligencias como forma de protesta ante la designación del abogado de oficio. Sin embargo, la Corte le recordó al precandidato que su ausencia voluntaria no invalida el juicio y que el proceso judicial seguirá