El Gobierno nacional expedirá un decreto que autoriza la venta de productos de cannabis medicinal en droguerías y farmacias, siempre que cuenten con fórmula médica y registro sanitario, ampliando así el acceso formal de pacientes a terapias con base en cannabis.
La norma trae consigo un cambio significativo: hasta ahora, en Colombia solo se permitía el uso de derivados de cannabis (aceites, extractos) para fines medicinales, pero la nueva regulación abre la puerta para que establecimientos farmacéuticos habilitados comercialicen presentaciones dosificadas como cápsulas, tabletas, soluciones líquidas o cremas que contengan cannabis, siempre bajo control profesional.
El decreto especifica que estos productos deberán cumplir con estándares exigentes de calidad, trazabilidad y seguridad. Estará bajo supervisión de entidades como el INVIMA, el ICA y los ministerios de Salud, Agricultura y Comercio. El cultivo, fabricación, distribución y registro de productos también deberán contar con licencias especiales.
En su comunicado, el Ministerio de Salud señaló que la medida busca “garantizar que los tratamientos con cannabis medicinal sean accesibles, seguros y regulados”, y añadió que la puesta en marcha debe complementarse con mecanismos de formación para médicos y farmacéuticos, así como con campañas de información al público.
