La caída de la emergencia económica declarada en diciembre pasado representa un giro inesperado para los grandes sectores productivos del país, que eran los principales blancos del recaudo esperado por el Ejecutivo. Al declarar inexequible el Decreto 1390 de 2025, la Corte Constitucional ha eliminado de tajo las sobretasas y contribuciones especiales que el Gobierno había diseñado para financiar sus programas sociales y cubrir el déficit presupuestal.
El sector financiero es uno de los más beneficiados con esta nulidad. La emergencia imponía una sobretasa de 15 puntos adicionales en el impuesto de renta para los bancos, lo que elevaba su tarifa impositiva total a un 50%. Con el fallo, esta carga desaparece, permitiendo una mayor estabilidad en el sistema crediticio y en la rentabilidad de las entidades financieras que ya habían expresado su preocupación por el impacto de esta medida en la inversión. Asimismo, se cae el IVA del 19% sobre las apuestas en línea, un sector que ha mostrado un crecimiento exponencial en los últimos años.
En el sector minero-energético, la decisión judicial también desactiva tres medidas de alto impacto:
- Impuesto a la exportación: Se anula el gravamen del 1% a la primera venta o exportación de petróleo y carbón.
- Contribución parafiscal: Queda sin efecto el aporte del 2,5% sobre las utilidades de 2025 que iba a ser destinado al fondo empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos.
- Aporte de energía: Se elimina la obligación de las generadoras de aportar el 12% de la energía vendida en bolsa al Mercado de Energía Mayorista.
Este fallo obliga al Ministerio de Hacienda a replantear sus estrategias de financiamiento para el 2026, mientras los mercados observan con atención el próximo trámite de la ley de financiamiento en el Congreso.
