Bajo unas determinadas circunstancias la ley de propiedad horizontal ampara que un vecino No pague su parte de la Reforma del inmueble. Residir en una Urbanización conlleva una serie de obligaciones y compromisos especialmente asumir ser parte de la comunidad de propietarios y las decisiones que afectan directamente al bolsillo de todos los vecinos desde la renovación del portal hasta la construcción de nuevas instalaciones de ocio muchas obras se aprueban mediante una votación en junta. Sin embargo existe un supuesto poco conocido que permite a determinados propietarios liberarse legalmente de pagar una derrama incluso Aunque la mayoría haya dado luz verde al proyecto. Este derecho está recogido en la ley de propiedad horizontal concretamente en un artículo 17.4 y Establece que los propietarios desconformes no están obligados a asumir el costo de determinadas mejoras cuando estás No sean necesarias la conservación, habitabilidad, seguridad o accesibilidad del inmueble. La norma fue diseñada para proteger a los propietarios frente a gastos considerados prescindibles o de carácter voluntario punto en otras palabras, la ley distingue entre obras imprescindibles para mantener el edificio en condiciones adecuadas y aquellas que responden a una mejora estética de Confort o de ocio.
