En términos sencillos:
- El Gobierno suspende temporalmente ciertos términos o plazos aduaneros en los puertos y aeropuertos ubicados en las zonas afectadas.
- Esto evita que importadores, exportadores y transportadores sean perjudicados porque, debido al terremoto, no pueden realizar a tiempo trámites, retirar mercancías o cumplir determinados procedimientos aduaneros.
- La suspensión de términos puede impedir que, mientras dure la emergencia, se produzcan consecuencias como el vencimiento de plazos de almacenamiento o el abandono legal de mercancías.
- La medida no significa que se suspendan las obligaciones aduaneras de manera permanente; se trata de una respuesta excepcional vinculada a la emergencia.
- La autoridad aduanera colombiana, la DIAN, tiene entre sus funciones el control de mercancías en puertos y aeropuertos y los procedimientos relacionados con esos plazos.
En resumen: el Gobierno está dando más tiempo a las empresas afectadas por el sismo para cumplir sus trámites de comercio exterior, evitando que una situación de fuerza mayor les genere sanciones o la pérdida de mercancías.
