La Corte Constitucional reiteró que las mascotas deben contar con condiciones adecuadas de seguridad y protección dentro de edificios y conjuntos residenciales en Colombia.
El pronunciamiento pone de presente que los reglamentos de propiedad horizontal y los manuales de convivencia pueden establecer normas para garantizar una buena convivencia entre los residentes, pero estas disposiciones no pueden desconocer derechos fundamentales ni imponer restricciones arbitrarias a los animales de compañía.
La decisión se suma a otros pronunciamientos del alto tribunal relacionados con la protección de las mascotas y su convivencia en propiedades horizontales. En julio de 2026, la Corte ordenó permitir el tránsito de un perro por las zonas comunes de un conjunto residencial, incluido el uso del ascensor, al considerar las circunstancias particulares de su propietaria y las condiciones de salud del animal.
De esta manera, los conjuntos residenciales deben buscar un equilibrio entre las normas de convivencia, la seguridad de los residentes y el bienestar de las mascotas, evitando medidas que puedan afectar injustificadamente a los animales o a sus cuidadores.
El pronunciamiento representa un nuevo llamado a fortalecer una convivencia responsable en edificios y conjuntos residenciales, reconociendo que la protección y el bienestar de los animales también deben ser considerados al momento de aplicar las normas de propiedad horizontal.
