Desde este martes 1 de septiembre comenzó a aplicarse en Colombia el programa transitorio creado para incentivar el uso eficiente de la energía eléctrica. La medida fue establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) ante las preocupaciones por una posible reducción en la disponibilidad de energía debido a las condiciones climáticas y al fenómeno de El Niño.

Aunque el programa ya había sido anunciado, la Resolución CREG 101 126 de 2026 estableció nuevos detalles sobre su funcionamiento, especialmente respecto al momento en que los usuarios podrían comenzar a recibir cobros adicionales por superar sus metas de consumo.

La estrategia tendrá inicialmente una duración de seis meses. Sin embargo, podrá extenderse por periodos de hasta seis meses adicionales si persisten las condiciones de baja disponibilidad hídrica, estrechez energética o riesgos para la confiabilidad del servicio.

El primer ciclo no tendrá cobros adicionales

El inicio del programa no significa que los usuarios que consuman más de su meta vayan a pagar inmediatamente una penalización.

La regulación establece que el primer ciclo de lectura que termine después del comienzo del programa será de carácter pedagógico. Durante ese periodo, las empresas comercializadoras deberán informar al usuario cuál es su meta de consumo, cuánta energía utilizó y cuánto habría excedido el límite establecido.

Aunque la factura mostrará esta información, el eventual cobro adicional correspondiente a ese primer ciclo no tendrá que ser pagado por el usuario.

Sin embargo, existe una diferencia importante: quienes logren ahorrar energía durante este primer periodo sí podrán acumular ese ahorro para acceder a los beneficios contemplados dentro del programa.

¿Cuándo se genera el cobro adicional?

El recargo comienza a aplicarse cuando el consumo supera en más del 10 % la meta individual establecida para cada usuario.

Por ejemplo, si una persona tiene una meta mensual de 100 kWh, podrá consumir hasta 110 kWh sin generar un cobro adicional. Si utiliza 115 kWh, el recargo se aplicará únicamente sobre los 5 kWh que superaron el límite, no sobre todo el consumo del mes.

El porcentaje del cobro depende además del tipo de usuario.

Estratos 1, 2 y 3: 30 % sobre los kilovatios hora excedentes.
Estratos 4, 5 y 6: 50 % sobre el consumo que supere el límite.
Usuarios comerciales e industriales regulados: 70 % sobre los kWh excedentes.
¿Cómo se establece la meta de consumo?

La meta individual se determina principalmente tomando como referencia el comportamiento histórico del consumo eléctrico de cada usuario durante los últimos 12 meses.

La regulación también establece que esta referencia debe respetar los límites relacionados con el consumo de subsistencia que correspondan según las condiciones del usuario y la altitud del municipio.

De esta manera, el programa busca que cada hogar o establecimiento tenga un objetivo basado en sus propios patrones de consumo, en lugar de establecer un mismo límite para todos.

Por ahora, el primer ciclo funcionará como una etapa de aprendizaje para que los usuarios conozcan su meta y puedan ajustar sus hábitos. Los cobros adicionales comenzarán a tener efectos económicos una vez finalizado ese periodo pedagógico, de acuerdo con las condiciones establecidas por la CREG.