En la actualidad las billeteras digitales se han convertido en un medio que busca facilitar el realizar pagos, hacer transferencias y gestionar dinero de manera eficiente.
Incluso en Colombia, las billeteras digitales han crecido exponencialmente. Según la Superintendencia Financiera, por ejemplo, a diciembre de 2023, había 57,6 millones de billeteras digitales en el país, lo que equivale a 1,5 por cada adulto.
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En el mercado, plataformas como Nequi, Daviplata o Movii, por ejemplo, permiten realizar depósitos, enviar y recibir dinero, transferir a terceros, hacer pagos y comprar bienes y servicios de manera rápida y eficiente, por medio de un dispositivo móvil y sin necesidad de contar con una cuenta bancaria.
Pero, aunque estas billeteras se consideran inembargables bajo ciertas condiciones, existen dos excepciones en las que sí pueden ser embargadas.
Pero cuándo
Al respecto, Erick Rincón, profesor de Derecho de la Tecnología de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, aseveró que «la primera excepción es para créditos alimentarios, según lo indica el numeral 2 del artículo 594 del Código General del Proceso”.
Esto significa que los depósitos de bajo monto pueden ser embargados para el pago de créditos alimentarios, protegiendo así el mínimo vital de quien solicita el cobro de alimentos.
Agregó que «la segunda excepción se refiere a créditos de cooperativas y fondos de empleados, de acuerdo con el artículo 344 del Código Sustantivo del Trabajo. En este caso, los depósitos pueden ser embargados para el pago de créditos a favor de cooperativas y fondos de empleados, aunque el monto del embargo no puede exceder el 50 % del valor de la prestación».
Rincón explicó que los únicos autorizados para emitir procesos de embargo son los jueces de la República, ya sean laborales, civiles o de familia, según el tipo de obligación.
Una vez la entidad financiera recibe la orden de embargo, debe congelar los recursos existentes en las cuentas del deudor. Si este no levanta el embargo en el tiempo previsto, la entidad consignará los fondos embargados en la cuenta indicada por la autoridad ejecutante.
Alternativas
Además, hay que tener en cuenta que el deudor tiene varias alternativas para proteger sus bienes y derechos durante un proceso de embargo. Primero, puede solicitar una medida cautelar que asegure que el embargo sea proporcional a la deuda, evitando así un embargo excesivo de sus bienes.
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Además, el deudor puede pedir una reducción del embargo si considera que la cantidad embargada es desproporcionada en relación con la obligación.
De igual forma, dijo el experto que “es recomendable que el deudor mantenga una comunicación constante con el juez y presente pruebas que justifiquen su solicitud de reducción o levantamiento del embargo”.
En algunos casos, es posible negociar un plan de pagos con el acreedor para resolver la deuda sin necesidad de ejecutar el embargo. Mientras las billeteras digitales ofrecen flexibilidad en la gestión financiera, es fundamental que los usuarios conozcan las excepciones legales que permiten el embargo de sus fondos, asegurando así una gestión responsable de su dinero.