El juez segundo de Control de Garantías del circuito municipal de Ibagué concedió la libertad por vencimiento de términos al mayor de la Policía Nacional Jorge Mario Molano Bedoya, quien fue señalado por la Fiscalía como el principal sospechoso del asesinato del joven Santiago Murillo durante las protestas del Paro Nacional de 2021.
Molano fue acusado por el ente investigador luego de que, en un estudio técnico, definiera que el casquillo de bala hallado en uno de los hombros de Murillo pertenecía al arma de reglamento del uniformado.
Los hechos sucedieron en junio de 2021 y el 18 de ese mes, Molano fue enviado a prisión en el centro de reclusión para miembros de la fuerza pública ubicado en el municipio de Facatativá, Cundinamarca.
Sin embargo, José David Díaz, abogado defensor del uniformado, le pidió al juez del caso que lo dejara en libertad por vencimiento de términos porque ya se había superado el plazo de 120 días que contempla la ley colombiana entre la presentación del escrito de acusación y el inicio del juicio.
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Según información entregada por el defensor a RCN Radio, el escrito de acusación fue radicado el 5 de agosto de 2021, por lo que a la fecha habían transcurrido 543 días, a los que descontó los 315 días que trabajó en la construcción de la defensa, quedando 228 días que, en la percepción del jurista, eran suficientes para argumentar la solicitud de libertad.
El juez de Ibagué verificó que se habían superado los plazos establecidos por la ley y por ello decidió dejar en libertad al mayor de la Policía, quien continuará su defensa en la investigación que se adelanta en su contra fuera del centro de reclusión.
Santiago Murillo murió tras recibir varios disparos cuando se movilizaba de la casa de su novia a su vivienda durante las protestas del paro 2021. La madre del joven y el abogado que representaba a la familia mostraron su disconformidad con la decisión del juez.
Sin embargo, el juez aseguró que «se ha superado el plazo razonable del que hablan las normas internacionales y que está debidamente regulado en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal«. Se trata de un proceso extremadamente complejo en el que el juez y la Fiscalía han actuado con diligencia, pero se han sobrepasado los plazos. No podemos atribuir responsabilidad al Juez de Conocimiento ni mucho menos a la Fiscalía».
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