Donal Arely Agudelo, alcalde/foto: archivo particular.

El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró la nulidad del decreto mediante el cual el alcalde de Corrales, Donal Arely Agudelo, nombró en encargo a una personera municipal, al considerar que el mandatario no tenía competencia para realizar dicha designación.

Investigación 

La decisión se originó en una demanda presentada por los concejales Andrés Felipe Rojas Gil, Gloria María Agudelo Guevara y Maryluna Botía Camacho, quienes cuestionaron el Decreto 015 del 2 de julio de 2025, con el que Isabel Verónica Torres Torres fue designada como personera encargada mientras se surtía la provisión definitiva del cargo.

El caso comenzó luego de que el personero elegido mediante concurso presentara su renuncia irrevocable el 16 de junio de 2025. Ante la vacancia, la mesa directiva del Concejo solicitó al alcalde convocar sesiones extraordinarias para adelantar la elección del nuevo titular, debido a que la corporación no se encontraba en periodo ordinario.

Sin embargo, el mandatario negó la solicitud y anunció que realizaría un nombramiento temporal. Así, mediante el Decreto 015, designó a Torres Torres desde el 3 de julio de 2025. Los concejales acudieron entonces ante las autoridades competentes para solicitar la nulidad del acto administrativo. La Procuraduría 122 Judicial II de Asuntos Administrativos respaldó las pretensiones de los demandantes y consideró que el alcalde incurrió en falta de competencia. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Boyacá, en fallo del 28 de julio de 2026, determinó que la competencia para proveer provisionalmente el cargo correspondía al Concejo Municipal, por ser la autoridad nominadora del personero y tener entre sus funciones resolver las faltas absolutas o temporales.

El Tribunal también estableció que el alcalde no convocó a sesiones extraordinarias pese a la solicitud realizada por la mesa directiva del Concejo el 24 de junio de 2025. Con estos argumentos, la Sala de Decisión No. 2 declaró la nulidad del Decreto 015 y dejó sin efectos el nombramiento en encargo realizado por el mandatario. La decisión marca un nuevo capítulo en la controversia institucional entre la Alcaldía y el Concejo de Corrales y establece un precedente sobre las competencias de cada autoridad frente a la provisión del cargo de personero municipal.