Malleti/ foto: archivo particular.
La Fiscalía General de la Nación no logró que la exconsejera presidencial para las Regiones, Sandra Ortiz, regresará a prisión, luego de que el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá confirmara la decisión que le concedió la libertad por vencimiento de términos y rechazara el recurso de apelación presentado por el ente acusador.

Fallo
Con esta determinación, el despacho judicial ratificó el fallo emitido el 11 de mayo de 2026 por el Juzgado 35 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, que ordenó la libertad de la exfuncionaria al considerar que se habían excedido los plazos previstos en la legislación para avanzar hacia la etapa de juicio oral.
La Fiscalía buscaba que la decisión fuera revocada y que Ortiz regresará a un centro de reclusión mientras continúa el proceso penal que enfrenta. Sin embargo, el juez de segunda instancia concluyó que no existían fundamentos para modificar la decisión adoptada por el juzgado de garantías. En la providencia, el Juzgado 55 explicó que desde la radicación del escrito de acusación habían transcurrido 470 días.
Del total, 189 días fueron atribuidos a actuaciones de la defensa, por lo que debían descontarse del cómputo. No obstante, el despacho estableció que aún así transcurrieron 289 días sin que se instalará el juicio oral, superando ampliamente el término máximo de 240 días previsto en la ley. En su decisión, el juez señaló que se configuró el vencimiento del término contemplado en el numeral quinto y el parágrafo primero del artículo 317 de la Ley 906 de 2004, norma que regula la libertad por vencimiento de términos cuando no se inicia oportunamente el juicio. La decisión confirma que Sandra Ortiz continuará el proceso en libertad, aunque seguirá vinculada a la investigación y deberá atender las actuaciones judiciales que se programen dentro del expediente.
El pronunciamiento del Juzgado 55 no constituye una absolución ni un fallo sobre la responsabilidad penal de la exfuncionaria. La decisión se limita a resolver la situación de su libertad mientras avanza el proceso, el cual continuará en las siguientes etapas previstas por la justicia penal colombiana.
Con este fallo también queda en evidencia el impacto que tienen los tiempos procesales dentro del sistema judicial. El vencimiento de términos es una garantía contemplada en la legislación colombiana para proteger el debido proceso y evitar que una persona permanezca privada de la libertad de manera indefinida sin que se inicie el juicio correspondiente. En este caso, el juez concluyó que los plazos legales fueron superados, razón por la cual confirmó la libertad de la exconsejera presidencial y dejó sin efecto la pretensión de la Fiscalía de enviarla nuevamente a prisión.
