No puede haber más demandas contra Colombia en caso Nicaragua

Manuel José Cepeda, expresidente de la Corte Constitucional y agente colombiano ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya, explicó la esencia del fallo. Manuel José Cepeda, expresidente de la Corte Constitucional y agente colombiano ante la Corte Internacional […]

abril 23, 2022 | 2:00 pm
Equipo Jurídico Colombiano - Google

Manuel José Cepeda, expresidente de la Corte Constitucional y agente colombiano ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya, explicó la esencia del fallo.

Manuel José Cepeda, expresidente de la Corte Constitucional y agente colombiano ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya, explicó que en esencia el punto fundamental del fallo se basa en que la Corte desestima la aspiración de Nicaragua, en la que el país debía abandonar la tesis de que era necesario un tratado para modificar los límites.

“Ellos (Nicaragua) también piden mantener jurisdicción abierta hasta que Colombia diera garantías de aprobar tratado; la Corte lo rechazó y lo cerró”, dijo Cepeda.

Agregó que la discusión no se dio sobre si era necesario un tratado o no, sino mirar los derechos en el área comprometida, por lo tanto, dice que el fallo se concentra en mirar si hay alguna violación de derechos como finalmente lo determina.

Sobre las posibilidades de una negociación con Nicaragua, dijo que, aunque ese país mantiene la puerta cerrada al diálogo, la CIJ no habla de una negociación inmediata, pues respeta que son países soberanos los cuales definen cuándo hablar.

Por otro lado, explicó que Colombia renunció al Pacto de Bogotá y por lo tanto, no puede haber nuevas demandas en contra del país, “Nicaragua trató de sacar a Colombia del área, pero la Corte no considera que la presencia de Colombia con fragatas sea una amenaza de uso de la fuerza o viole derechos de Nicaragua; por lo tanto, no fue cuestionada la presencia de Armada”.

Resaltó que a futuro es difícil predecir qué pueden hacer los próximos gobiernos, pero destaca que hay asuntos prioritarios como la comunidad raizal y los bancos de pesca, “la Corte dijo que pueden acceder a bancos de pesca en agua colombiana, Nicaragua no puede impedirles el acceso, ni quitarles la pesca. Para bancos más lejos, es decir, en aguas de Nicaragua asignadas por Corte, exhorta a partes para que raizales puedan pescar en bancos más lejos”, puntualizó.