El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó el reajuste parcial a la pensión del funcionario.
El canciller Álvaro Leyva recibirá un reajuste en su pensión, ya que según la demanda presentada por el Fondo de Previsión Social del Congreso el funcionario no cumplía con los requisitos expuestos en la resolución de 1997, la cual expresa que se requieren 20 años de servicio para acceder a este beneficio.
Sin embargo, Leyva en el momento de solicitarla tan solo cumplió con 12 años en su labor de congresista. Valga aclarar que para que le fuera adjudicada presentó dos libros de su autoría pues, estos otorgarían la convalidación con los años faltantes, pero como no hubo acreditación para libros de enseñanza ni registro de propiedad intelectual, se hizo nulidad a estos documentos.
El fallo aclara que: “La Sala concluye que en el presente caso se debe acceder a la pretensión de anular, pero de manera parcial, la Resolución No. 0064 de 18 de febrero de 1997, a través de la cual FONPRECON le reconoció la pensión de jubilación bajo el régimen especial de los congresistas al señor Álvaro Leyva Durán, pues como quedó demostrado no tenía derecho al mismo, sino a la aplicación de la pensión por aportes prevista en la Ley 71 de 1988″.
En ese orden de ideas, a Leyva Duran le será pagado el equivalente al 75% del promedio de salarios devengados, lo cual corresponde al tiempo que le haría falta para obtener el derecho pensional según la Ley 100 de 1993.