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El pasado 10 de julio, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró responsable a la Policía Nacional, por la muerte del estudiante Dilan Cruz, quien falleció el 25 de noviembre de 2019 tras resultar gravemente herido por un impacto en la cabeza de una munición tipo Bean Bag, disparada por un integrante del antiguo Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), durante una jornada de protestas en el centro de Bogotá; este asesinato es calificado como una grave violación a los derechos humanos.
¿Qué dijo el tribunal?
La Subsección A de la Sección Tercera del alto tribunal concluyó en un comunicado que “existió una falla en el servicio porque la institución clasificó el arma utilizada como “menos letal” y no informó adecuadamente a sus uniformados sobre su potencial capacidad de causar la muerte. Según el fallo, esta circunstancia impidió evaluar correctamente los principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad en el uso de la fuerza”.
En esta sentencia de segunda instancia, cuyo ponente es el Magistrado Juan Carlos Garzón Martínez, la corporación mencionó que no había evidencia de actos de violencia que justificaran el uso de armas capaces de causar la muerte; tampoco es un justificante para la utilización de estos dispositivos, el hecho de que Cruz haya devuelto gases lacrimógenos lanzados por el ESMAD.
Sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Disculpas e indemnización
La decisión ordena a la Policía Nacional ofrecer un acto público de perdón a los familiares de la víctima y adoptar medidas de reparación simbólica. Asimismo, el fallo dispone el incremento de la indemnización económica a favor de la familia de Dilan Cruz, al considerar la magnitud del daño ocasionado y la responsabilidad atribuida al Estado por los hechos ocurridos durante las manifestaciones de 2019.
La sentencia también insiste en la necesidad de fortalecer los protocolos para el manejo de manifestaciones por parte de la fuerza pública.
