Bajada
Después de más de una década de controversias, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que el fallido proyecto para construir una planta procesadora de leche en la Sabana de Túquerres generó un daño antijurídico a la Sociedad Mixta Lácteos Alsacia S.A.S., al establecer la responsabilidad patrimonial de las entidades demandadas.
Lo que comenzó en 2012 como una de las apuestas más ambiciosas para fortalecer la cadena láctea del occidente de Nariño terminó convertido en un prolongado litigio judicial que acaba de tener un nuevo capítulo.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió sentencia dentro del proceso de reparación directa promovido por la Sociedad Mixta Lácteos Alsacia S.A.S. contra la Nación – Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Departamento de Nariño, por la frustración del proyecto que buscaba construir una planta para el acopio y procesamiento de leche en la subregión de la Sabana de Túquerres.
La iniciativa había sido aprobada en diciembre de 2012 por el entonces Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de la Región Pacífico, mediante recursos del Sistema General de Regalías, con el propósito de modernizar la producción láctea y beneficiar a miles de productores de municipios como Túquerres, Guaitarilla, Ospina, Sapuyes e Imués.
Sin embargo, el proyecto nunca llegó a ejecutarse.
Durante el proceso judicial quedó acreditado que, con el paso de los años, el Departamento Nacional de Planeación formuló observaciones relacionadas con la estructuración técnica, financiera y jurídica del proyecto, además de exigir un plan de mejoramiento al Departamento de Nariño como entidad ejecutora. Ante el incumplimiento de esas acciones, en 2016 el DNP suspendió preventivamente los giros de regalías destinados a la iniciativa.
Posteriormente, distintos conceptos técnicos, jurídicos y financieros emitidos por dependencias de la Gobernación concluyeron que el proyecto presentaba problemas de viabilidad relacionados con la figura societaria de Lácteos Alsacia, la titularidad de los bienes construidos con recursos públicos y el modelo de operación previsto para la planta.
En su análisis, el Tribunal reconoció que la construcción de la planta nunca inició y que esa circunstancia frustró la expectativa económica y social generada alrededor del proyecto. La corporación concluyó que existía un daño antijurídico derivado de la imposibilidad de desarrollar la iniciativa aprobada con recursos del Sistema General de Regalías.
La decisión judicial también aborda el comportamiento tanto del Departamento de Nariño como del Departamento Nacional de Planeación durante el desarrollo del proyecto. Según la sentencia, ambos tuvieron participación dentro del proceso que terminó con la inviabilidad de la iniciativa y, por ello, el Tribunal analizó su responsabilidad frente a los perjuicios reclamados por la sociedad demandante.
Durante el proceso fueron evaluados los daños económicos alegados por Lácteos Alsacia, incluyendo inversiones realizadas para la conformación de la empresa, la compra del predio y las utilidades que esperaba obtener con la operación de la planta, además de otras reclamaciones relacionadas con perjuicios morales y daño al buen nombre.
El caso constituye uno de los procesos judiciales más representativos derivados de proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías en Nariño, debido a que evidencia las consecuencias que puede generar la falta de ejecución de iniciativas estratégicas para el desarrollo regional.
La decisión corresponde a una sentencia de primera instancia, por lo que aún podrá ser objeto de los recursos previstos en la ley antes de quedar en firme.
